La Fiscalía insistirá en aplicar ya la ley de amnistía a los 12 miembros de los autodenominados Comités de Defensa de la República (CDR) acusados en la Audiencia Nacional por terrorismo, según detallan fuentes jurídicas. El ministerio público reiterará la posición que ha mantenido desde la aprobación de la medida de gracia, que obtuvo el pasado julio el respaldo del TJUE (Tribunal de Justicia de la Unión Europea). Pese a que hace casi tres meses que el organismo comunitario avaló que estos procesados también podían beneficiarse de la normativa, la Audiencia Nacional todavía no se ha pronunciado al respecto y, a finales de septiembre, pidió a las partes que se manifestasen “sobre el alcance” que la sentencia del TJUE debe tener.
El tribunal mantiene en suspenso la medida para los 12 procesados, pese al aval de julio del TJUE, y ha pedido opinión a las partes
El tribunal mantiene en suspenso la medida para los 12 procesados, pese al aval de julio del TJUE, y ha pedido opinión a las partes
Carles Ribas

La Fiscalía insistirá en aplicar ya la ley de amnistía a los 12 miembros de los autodenominados Comités de Defensa de la República (CDR) acusados en la Audiencia Nacional por terrorismo, según detallan fuentes jurídicas. El ministerio público reiterará la posición que ha mantenido desde la aprobación de la medida de gracia, que obtuvo el pasado julio el respaldo del TJUE (Tribunal de Justicia de la Unión Europea). Pese a que hace casi tres meses que el organismo comunitario avaló que estos procesados también podían beneficiarse de la normativa, la Audiencia Nacional todavía no se ha pronunciado al respecto y, a finales de septiembre, pidió a las partes que se manifestasen “sobre el alcance” que la sentencia del TJUE debe tener.
La Fiscalía de la Audiencia Nacional impulsó la causa contra los CDR y, en noviembre de 2023, pidió penas de entre ocho y 27 años de prisión para los 12 procesados por formar una presunta “célula radical” creada dentro de estos grupúsculos surgidos en Cataluña para defender la secesión tras el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017. A todos les atribuía un delito de pertenencia a organización terrorista; y a ocho de ellos, además, de fabricación de explosivos y estragos en grado de tentativa. Sin embargo, después de la aprobación de la amnistía, el mismo ministerio público expuso que la causa debía archivarse y el juicio suspenderse porque la ley preveía aplicarles la medida de gracia.
Sin embargo, en septiembre de 2024, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional decidió dejar en suspenso el fondo de la cuestión y acudir a la justicia europea, al considerar que esta iniciativa podía “colisionar” con la directiva comunitaria contra el terrorismo. Y remachaba que tramitar el perdón de los CDR “supone enviar un mensaje hacia el futuro […] de que los delitos de terrorismo pueden ser perdonados cuando la intencionalidad de los mismos esté en línea con los intereses políticos de quien dicta la ley de amnistía”. Una tesis que el TJUE echó por tierra el pasado julio.
La sentencia del tribunal comunitario dictamina que la directiva europea de 2017 sobre terrorismo “no se opone a una ley nacional de amnistía que, para reducir tensiones institucionales y políticas y facilitar un escenario de reconciliación, establece la exención de la responsabilidad penal de cualquier persona que haya cometido” delitos de terrorismo contemplados en esa norma. Eso sí, siempre que, como en el caso de los CDR, los delitos no hayan “causado de forma intencionada graves violaciones de derechos humanos”. Esa es, precisamente, la tesis que ha defendido la Fiscalía desde que pidió aplicarles la medida de gracia: “El legislador ha dejado muy claro en el preámbulo de la ley su intención de despojar de carácter delictivo hechos que no han puesto en peligro a la integridad de las personas y derechos fundamentales […] La interpretación no ofrece género de dudas. Es clara”.
La resolución del TJUE añadía igualmente que la ley de amnistía “no especifica” la “naturaleza exacta y umbral de gravedad” de los delitos a perdonar, de modo que corresponde a los órganos judiciales “delimitar los delitos de terrorismo excluidos”.
Alerta Solidària, un colectivo de la izquierda independentista que defiende y apoya a buena parte de los procesados, reclamó que la Audiencia aplicase con celeridad la normativa a los CDR tras conocer la decisión del tribunal europeo. Pero, el pasado 28 de septiembre, mostró su indignación después de que la Sala instase a volver a posicionarse sobre la misma cuestión. “Pelota adelante, una vez más. Cuando ya estaba todo debatido y habiendo dedicado toda una sesión en la sala del tribunal hace dos años, y habiendo recibido ya la contundente sentencia del TJUE… ¡La Audiencia Nacional nos empuja un nuevo trámite para alargar el sufrimiento! ¡Ya basta!”, expuso en un comunicado difundido en las redes.
Este mismo martes, el magistrado Pablo Llarena, del Tribunal Supremo, se ha visto obligado a levantar la orden de detención nacional que pesaba sobre el expresidente catalán Carles Puigdemont y los exconsejeros Toni Comín y Lluís Puig desde octubre de 2017 —cuando salieron de España rumbo a Bélgica—, después de que el Tribunal Constitucional diera la razón a los exdirigentes independentistas y declarara que la máxima instancia judicial también debió aplicarles en 2024 la ley de amnistía por el delito de malversación, el único por el que aún estaban procesados.
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