El Gobierno dejará el Salario Mínimo por encima del 60% del sueldo medio al subirlo con el IPC de octubre, el más alto de 2025

Rebasará la referencia utilizada hasta la fecha por ser la recomendación de la Carta Social Europea Leer Rebasará la referencia utilizada hasta la fecha por ser la recomendación de la Carta Social Europea Leer  

El Ministerio de Trabajo comunicó este miércoles a los agentes sociales su intención de subir el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en 2026 un 3,1%, el equivalente a 37 euros, para dejarlo en 1.221 euros en catorce pagas o 17.094 euros al año. Su propuesta supone que por primera vez el Gobierno abandona deliberadamente la referencia de situar anualmente el Salario Mínimo en el 60% del salario medio del país, ya que llevarlo a esa cuantía implicará que se sitúe por encima de ese umbral.

El Comité de Expertos que asesora al Ministerio que dirige Yolanda Díaz ya lo había advertido en su informe. En el documento, de 48 páginas, expresaban que según sus cálculos el salario medio neto a tiempo completo en España es de 26.297 euros. Para que el Salario Mínimo en términos brutos supusiera un 60% del salario medio -en términos brutos también-, recomendaban incrementarlo un 1,8% en 2026, hasta los 16.875 euros (1.205 euros al mes), siempre que siguiera sin tributar en IRPF.

El Ministerio de Hacienda ha confirmado que está dispuesto a ampliar la deducción que aplicó el año pasado ya en el IRPF para que quienes cobren rentas equivalentes al SMI no tengan que tributar, con lo que la subida se hará teniendo en cuenta que sus perceptores no tendrán que pagar a Hacienda. Se evita así que parte del coste que asumen las empresas vaya a parar a las arcas públicas.

Aunque con incrementar el SMI un 1,8% era suficiente para cumplir con la referencia de que equivalga al 60% del salario medio -según aconseja la Carta Social Europea-, el propio Comité argumentaba que este año, dada la evolución de los precios, mantener esa referencia no permitiría cubrir la pérdida de poder adquisitivo derivada de la inflación. «En este caso, y de forma novedosa, el mantenimiento del SMI en el 60% del salario medio neto a tiempo completo no permitiría mantener el poder adquisitivo del mismo. En opinión de la comisión esta circunstancia hace razonable, en el caso de que se produjera el escenario mencionado (cuantía exenta de IRPF), proceder a un aumento del SMI superior al indicado por el criterio del 60% del salario medio neto», señalaban.

Recomendaron, por tanto, elevarlo por encima de ese 1,8%, pero ¿cuánto más? La cifra del 3,1% es la inflación interanual del mes de octubre de 2025, la última publicada cuando el Comité elaboró el informe, pero no coincide ni con la inflación promedio del pasado año (que fue finalmente del 2,7%) ni tampoco con la previsión de inflación para 2026, más cercana al 2%.

La elección de la inflación de octubre, que fue casualmente la más elevada que se ha producido en España en todo el año, ha sido criticada internamente por parte de la patronal de empresarios, al considerarlo una decisión discrecional y nada justificada en términos económicos.

Resulta curioso, además, que el mantra de que el SMI debe ir acompasado con el salario medio para suponer un 60% del mismo se abandone sin más y que tampoco se cumpla con la recomendación de la directiva europea de salarios mínimos, que lo que recomienda es utilizar como referencia el 50% del salario medio -15 puntos menos- o el 60% del salario mediano.

El incremento del SMI es prerrogativa del Ejecutivo, previa consulta a los agentes sociales. Una vez que el secretario de Estado, Joaquín Pérez-Rey, ha trasladado a los agentes sociales cuál es su intención, sólo queda que los sindicatos, UGT y CCOO, y las patronales, CEOE y Cepyme, consulten con sus órganos de gobierno si apoyan el incremento y salen en la foto.

Es previsible que los sindicatos lo apoyen, pero muy difícil que lo hagan las organizaciones empresariales, que habían propuesto un incremento del 1,5% y habían supeditado su visto bueno a que el Gobierno abandonara su intención de acabar con la posibilidad de absorber y compensar los incrementos vía complementos salariales, una opción que ahora se contempla si así lo decide la negociación colectiva.

Para atraer a las patronales al acuerdo, el Ministerio de Trabajo se ha comprometido a insistir al Ministerio de Hacienda para que ceda a una reivindicación histórica de las patronales: poner fin a la Ley de desindexación y que se permita que los contratos con la Administración Pública en los que los salarios son el grueso de los costes puedan actualizarse al alza si de repente se sube el SMI. Es el caso, por ejemplo, de contratas de limpieza o jardinería, en las que cambian las reglas de juego a mitad de partido.

Los sindicatos apoyan esta petición y llegaron a dejarlo por escrito en el V Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva, pero el «compromiso» de Trabajo probablemente sea insuficiente para las organizaciones empresariales, ya que la última palabra recae en los ministerios económicos y no parecen dispuestos a cambiar de posición. Además, incluso aunque lo hicieran, la compensación y absorción es una línea roja para la patronal, y esto es a su vez una exigencia de los sindicatos, que apoyaron el año pasado el incremento del SMI a 1.184 euros a cambio de esta modificación legislativa. Parece que, un año más, el acuerdo no será tripartito.

El cálculo del salario medio por parte del Comité de Expertos no está exento de polémica. A las críticas procedentes de las patronales por no haber utilizado las fuentes estadísticas más completas y actualizadas, como la Encuesta de Población Activa, se suman las de los miembros del Comité nombrados por los Ministerios de Economía y Hacienda.

Los dos vocales del propio Gobierno incluyeron un voto particular al informe en el que denuncian que la metodología utilizada «no es la más adecuada desde el punto de vista técnico y afecta a la robustez del resultado», ya que se basa en una «estimación menos precisa del salario medio de la que permitiría el uso del dato oficial más reciente». En su opinión, no utilizar esos datos más recientes es una decisión «injustificada».

 Actualidad Económica // elmundo

Te puede interesar