El juez Juan Carlos Peinado ha decido terminar la investigación contra la esposa del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, y propone juzgarla por cuatro delitos (malversación, tráfico de influencias, corrupción en los negocios y apropiación indebida de marca) tras dos años de una polémica instrucción. El instructor, que ha dejado fuera un quinto delito (el de intrusismo profesional), señala que Gómez se prevalió presuntamente de su relación con Pedro Sánchez para influir en autoridades y funcionarios e impulsar su carrera privada con el desarrollo de una cátedra que codirigía en la Universidad Complutense de Madrid (UCM). Ahora las partes tienen cinco días para presentar conclusiones y alegaciones. A Gómez la noticia le ha pillado este lunes de viaje oficial en China junto a Sánchez.
El magistrado deja fuera el delito de intrusismo profesional por el que estaba investigada hasta ahora. Indignación en La Moncloa con el juez por comparar al Gobierno con “regímenes absolutistas”
La mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, ha sido procesada por cuatro delitos (malversación, tráfico de influencias, corrupción en los negocios y apropiación indebida de marca) después de dos años de una polémica instrucción conducida por el juez Juan Carlos Peinado. El instructor, que ha dejado fuera un quinto delito (el de intrusismo profesional), señala que Gómez se prevalió presuntamente de su relación con Pedro Sánchez para influir en autoridades y funcionarios e impulsar su carrera privada con el desarrollo de una cátedra que codirigía en la Universidad Complutense de Madrid (UCM). Ahora las partes tienen cinco días para presentar alegaciones. A Gómez la noticia le ha pillado este lunes de viaje oficial en China junto a Sánchez.
El titular del juzgado de instrucción número 41 de Madrid ha acordado, en un auto con fecha del pasado 11 de abril, dar por concluida la fase de investigación y acercar a juicio tanto a Gómez como a los otros dos investigados en esta causa: la asesora en Moncloa Cristina Álvarez y el empresario Juan Carlos Barrabés.
Este caso estalló en abril de 2024 a raíz de una denuncia presentada por Manos Limpias, y se fue ampliando con querellas impulsadas por Hazte Oír y Vox. Por un lado, Peinado investigaba la actividad profesional de la esposa del presidente con empresarios y su relación laboral con la Complutense. Por otro, intentaba determinar si se llegó a producir un desvío de dinero público al contratar a Álvarez como asesora de Gómez para que ésta terminara colaborando con su actividad privada en lugar de con la institucional.
La decisión del juez llega después de que el pasado Miércoles Santo celebrara una vista para comunicar a los implicados que, en caso de ir a juicio, la causa sería juzgada por un jurado popular, es decir, por ciudadanos legos de derecho. Tanto la defensa de Gómez como la Fiscalía han insistido en que el asunto no tiene revestimiento penal y debe archivarse.
Peinado dedica 39 páginas a recoger los argumentos expuestos en aquella vista del 1 de abril y a detallar los indicios que, a su juicio, existen sobre los cuatro delitos que atribuye a la esposa del presidente del Gobierno. Recuerda que la Audiencia Provincial de Madrid ha avalado ya su imputación, aunque este órgano también ha corregido en numerosas ocasiones la instrucción del magistrado, por ejemplo, cuando este trató de indagar también en la supuesta relación de la esposa de Sánchez con el rescate del Gobierno a la empresa Air Europa.
Doce apuntes sobre el tráfico de influencias
Para enviar a Gómez a juicio por tráfico de influencias, Peinado argumenta que existió un “cambio en la trayectoria profesional” de la mujer del presidente del Gobierno después de que Sánchez ocupara La Moncloa. Analiza la cátedra y el máster con el nombre de Transformación Social Competitiva que Begoña Gómez lideraba en la Complutense hasta finales de 2024 y apunta como indicio la falta de estudios universitarios de Gómez. A pesar de que el otrora vicerrector de Relaciones Institucionales de la Universidad Juan Carlos Doadrio declaró que no hacía falta tener un título superior para codirigir este tipo de cátedras, el juez subraya que también dijo que el de Gómez era “el único caso que conocía en el que pasó tal cosa”.
Peinado apunta también el uso del Palacio de La Moncloa para algunas reuniones como un indicio más de corrupción y dice que no puede apoyarse en doctrina reciente en este punto porque habría que remontarse “al reinado de Fernando VII”. “Por mucho que se busque […] no podrá hallarse un supuesto de similares características, pues las conductas que provienen de palacios presidenciales, como este supuesto, parecen más propias de regímenes absolutistas, por suerte, ya olvidados en el tiempo en nuestro Estado”, sostiene. Fuentes de La Moncloa han asegurado a EL PAÍS que estas líneas de Peinado han causado indignación y afean que una vez más el juez haya hecho coincidir la publicación de sus decisiones con viajes oficiales del presidente al extranjero.
En total, Peinado expone hasta 12 hitos que considera suficientes para apuntalar las supuestas influencias: el hecho de que el vicerrector de la universidad Juan Carlos Doadrio declarara que el rector Joaquín Goyache le trasladó que debían “crear una cátedra” para Gómez; que no se localizase su currículum; o la “rapidez” con la que el exvicerrector alegó que fue creada dicha cátedra. Añade las cartas de apoyo que Gómez envió en favor de la Unión Temporal de Empresas (UTE) formada, entre otros, por el empresario Barrabés —que trabajaba a su vez como personal docente del máster— para que consiguiera un contrato público, si bien más de 32 personas firmaron este tipo de misivas modelo, entre ellas, la directora de la Agencia de Empleo del Ayuntamiento de Madrid.
De igual forma, el juez destaca que la cátedra de la Complutense “sirvió como medio de desarrollo profesional privado” para Gómez, “quien además recibió una remuneración por dicha actividad”. Las defensas de los investigados, en cambio, siempre han sostenido que la cátedra extraordinaria no tenía retribución y que los fondos iban al patrimonio de la Complutense. Peinado lo refuta en una frase sin más desarrollo: “El beneficio puede ser indirecto y a favor de un tercero”.
A Barrabés lo sitúa como cooperador en el tráfico de influencias porque no se “limitó” a impartir dos clases en el máster que codirigía Gómez, sino que, dice el magistrado, existen otros indicios, como, de nuevo, las reuniones en el palacio de La Moncloa, su asesoramiento sobre contenidos estratégicos del máster y “la coincidencia temporal de esa relación con la emisión de cartas de apoyo para las licitaciones de la UTE”.
La participación de Cristina Álvarez, asesora de Gómez en Moncloa
Sobre la participación de la asesora de Moncloa Cristina Álvarez, Peinado insiste en que la utilizó de forma continuada en las gestiones del proyecto con la universidad, “incluso mediante la remisión de correos electrónicos desde el correo institucional de la Presidencia del Gobierno”. Subraya que Álvarez era “personal eventual integrado en la estructura de la Presidencia del Gobierno, siendo, por tanto, funcionaria a efectos penales” y que, pese a ello, “participó en la captación de fondos, en la interlocución con Google y otras empresas”, etc. Para las defensas no puede existir malversación porque Álvarez no era funcionaria de carrera.
En la misma línea, insiste en que la asesora fue reconocida “por terceros” como “integrante del equipo de la cátedra, dando apariencia institucional al proyecto”. Así las cosas, considera que su participación puede calificarse provisionalmente como “presión moral ante quien debía decidir y, por lo menos, puede calificarse en esta fase procesal como cooperadora necesaria de la presunta autora principal”.
A Gómez la coloca como cooperadora en la malversación, al entender que el desvío de fondos públicos en la contratación de su asesora fue para ella. Según destaca, la esposa del presidente “solicitó, aceptó y aprovechó de forma estable la dedicación de una empleada retribuida por Presidencia a tareas ajenas al cometido institucional del puesto”.
“Captación de fondos privados”
Respecto al delito de corrupción en los negocios, el juez destaca las negociaciones que Gómez y Álvarez llevaron a cabo con los patrocinadores de la cátedra de la Complutense, como Google, Telefónica, Deloitte, Indra, Reale Seguros o Fundación La Caixa. En este punto, insiste en que ni el vicerrector ni el codirector de la cátedra participaron en las negociaciones, “lo que alberga el interés particular de la investigada Begoña Gómez, y no el institucional de la UCM”.
Peinado considera que no se trata de “contactos aislados, accesorios o puramente protocolarios”. A su juicio, es una “actuación continuada, directa y operativa de ambas investigadas en el ámbito de las relaciones con mercantiles privadas, participando en la captación de apoyos, en el seguimiento de compromisos empresariales, en la evolución de acuerdos y en el desarrollo del proyecto tecnológico”. Además, sostiene que Gómez fue la “impulsora de la captación de fondos privados e, indiciariamente, no para la cátedra universitaria pública (lo cual era solo en apariencia), sino para integrarlo en su patrimonio personal”.
En la misma línea, el juez acusa a Gómez de ofrecer como “contraprestación” la “ventaja competitiva” de dichas empresas patrocinadoras “en un trato privilegiado o de cercanía con la administración pública aprovechando ser su esposo el presidente del Gobierno de España”. Y recuerda que las compañías involucradas son “grandes empresas españolas, partícipes en numerosos procedimientos de licitación pública”.
Peinado también expone los indicios que a su juicio permiten atribuir a Gómez el delito de apropiación indebida de marca. Según sostiene, la esposa del presidente del Gobierno “actuó de facto como gestora principal del proyecto de la cátedra y del software, con capacidad de dirección e interlocución sobre recursos universitarios, aportaciones empresariales y desarrollo tecnológico, y pudo exceder ese ámbito desviando el activo hacia sus intereses propios (marcas, dominio y mercantil) en perjuicio de la UCM”. Durante toda la investigación, la defensa ha sostenido que Gómez actuó por orden de trabajadores de la Complutense.
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