¿Presento mi candidatura a la dirección de un centro?

La evolución del acceso a la dirección de los centros, en el sistema educativo, ha evolucionado, tras la promulgación constitucional, de procesos de elección, por los miembros de los Consejos Escolares de los propios centros —desde 1985 hasta 2002—, a los de selección, realizada por una específica Comisión de Selección con representantes del centro y de la comunidad educativa —a partir del año 2002 y hasta la actualidad—.

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 La percepción de los propios conocimientos y capacidades de los aspirantes para ejercer la dirección importa sobremanera, ya que la cualificación para el ejercicio directivo no deriva solo de las prácticas docentes  

La evolución del acceso a la dirección de los centros, en el sistema educativo, ha evolucionado, tras la promulgación constitucional, de procesos de elección, por los miembros de los Consejos Escolares de los propios centros —desde 1985 hasta 2002—, a los de selección, realizada por una específica Comisión de Selección con representantes del centro y de la comunidad educativa —a partir del año 2002 y hasta la actualidad—.

En el primer caso, la elección era el resultado de una votación. Y en el segundo, de la resolución de un concurso de méritos para el desempeño directivo, con un requisito y a la vez mérito de especial relevancia: aportar un proyecto de dirección. Así las cosas, no es desajustado señalar que la presentación de una candidatura a la dirección de un centro resulta de un proceso de toma de decisiones en el que deben considerarse tres aspectos principales: el conocimiento con que se cuenta del centro que se pretende dirigir, la percepción de las propias competencias y capacidades para hacerlo, y las situaciones que influyen significativamente, incluso determinan el procedimiento de selección.

Aunque se dé preferencia a las candidaturas del propio centro, en el concurso de méritos para el acceso a la dirección pueden concurrir docentes de otros centros, por lo que el conocimiento de las características y realidades del centro a cuya dirección se opta es relevante. Se trata, así, de conocer antecedentes significativos, identidades y singularidades, conflictos relevantes, desarrollo profesional de los docentes, naturaleza de la planificación institucional, relaciones entre sectores de la comunidad educativa, incluso la distribución del poder ­ —es una obra de referencia, en tal sentido, el libro La micropolítica de la escuela, del sociólogo de la educación británico y analista de políticas educativas Stephen J. Ball, con primera edición de 1987—.

La percepción de los propios conocimientos y capacidades de los candidatos y candidatas para ejercer la dirección importa sobremanera, ya que la cualificación para el ejercicio directivo no deriva solo de las prácticas docentes. Por tanto, las capacidades y destrezas para asumir la dirección, los modelos de dirección y los estilos de liderazgo, el acceso a la formación específica, el propio desarrollo profesional, e incluso la tolerancia y la resiliencia forman parte del elenco de aspectos en los que también conviene reparar.

Y queda el análisis de las situaciones en que se pretende acceder a la dirección, ya que, como se adelantó, pueden condicionar o determinar tal acceso. Una es la situación de continuidad, cuando el director o directora concluye su periodo de mandato (cuatro años) y las renovaciones que establecen las Administraciones educativas tras la evaluación positiva del desempeño. Otra la de relevo, cuando la candidatura a la dirección se presenta por un miembro del equipo directivo cuyo director o directora no continua. Y también son factibles la concurrencia de varias candidaturas en el mismo centro o el carácter externo de la candidatura o candidaturas presentadas, al tratarse de docentes de otros centros.

En cualquier caso, el contenido del proyecto de dirección, que deben presentar las candidatos y candidatas ante la Comisión de Selección —aunque se verifiquen disfunciones a las que habrá que prestar atención en otro análisis—, es un aspecto principal para la valoración que han de realizar los integrantes de esa Comisión. Se trate de la continuidad del director o directora, que actualizará la orientación de su ejercicio en el proyecto; del relevo, con aportaciones particulares del aspirante; de la concurrencia de candidatos, para subrayar las diferencias; o del ajuste del proyecto por las candidaturas externas.

Como puede advertirse, tomar la decisión de presentar la candidatura a la dirección de un centro es bastante más que responder, directa y ligeramente, a la voluntad de hacerlo.

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