Los magistrados Sánchez Melgar y De Porres, mayoría en la Sala de Apelaciones del Tribunal Supremo que debía valorar el auto de procesamiento por el que el magistrado instructor decidió procesar al Fiscal General del Estado, han decidido confirmar esa decisión. Se trata de un proceso que sigue siendo extrañísimo. Nada más y nada menos que 78 páginas entre la posición de la mayoría y el voto particular del magistrado Palomo del Arco. Y máxima discrepancia entre los dos textos, en todos los elementos relevantes. Como indica el voto particular, se trata de dos visiones “radicalmente divergentes”, “absolutamente incompatibles”.
El auto de la mayoría sobre el recurso del fiscal general del Estado es un texto a la defensiva, mientras que el voto particular sostiene que el auto del instructor carece del mínimo fundamento exigible
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos
El auto de la mayoría sobre el recurso del fiscal general del Estado es un texto a la defensiva, mientras que el voto particular sostiene que el auto del instructor carece del mínimo fundamento exigible


Los magistrados Sánchez Melgar y De Porres, mayoría en la Sala de Apelaciones del Tribunal Supremo que debía valorar el auto de procesamiento por el que el magistrado instructor decidió procesar al Fiscal General del Estado, han decidido confirmar esa decisión. Se trata de un proceso que sigue siendo extrañísimo. Nada más y nada menos que 78 páginas entre la posición de la mayoría y el voto particular del magistrado Palomo del Arco. Y máxima discrepancia entre los dos textos, en todos los elementos relevantes. Como indica el voto particular, se trata de dos visiones “radicalmente divergentes”, “absolutamente incompatibles”.
Para simplificar el análisis que consta en los dos textos, conviene recordar cuáles son las cuestiones por dilucidar, en esencia: en primer lugar, si los hechos investigados son constitutivos de delito; en segundo lugar, si hay indicios suficientes contra el fiscal general del Estado, que fuera precisamente él, entre todas las personas que conocían el correo, quien lo filtró. Ambas cuestiones son contestadas positivamente por la mayoría, y negativamente por el voto particular. Las discrepancias en Derecho son normales; por esto existen recursos y distintos órganos judiciales. Pero no hay nada de normal en este auto, por dos razones: por la profundidad de la divergencia entre ambas perspectivas, y el contraste entre la posición dubitativa y tibia de la mayoría y la contundencia del rechazo del voto particular.
A mi juicio, el auto de la mayoría es un texto a la defensiva, que pretende decir que el auto de procesamiento mantiene una posición posible, mientras que el voto particular sostiene que el auto del instructor —como han señalado muchas voces que lo sometieron a análisis crítico— carece del mínimo fundamento exigible.
En cuanto a la primera cuestión: la decisión de la mayoría parte de que, aunque los hechos a los que se refiere la instrucción fueran conocidos por distintas personas (que la pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid es presunto autor de varios delitos fiscales y que ofreció conformidad a la fiscalía), puede haber revelación de secretos porque no se habría conocido en su literalidad el concreto correo en el que la defensa reconoció los hechos. Respalda así el primer elemento extrañísimo del auto de procesamiento. Frente a ello, el voto particular desmenuza con toda claridad que aquello que es de dominio público no puede ser reservado, como ha sostenido la jurisprudencia del propio Tribunal Supremo.
En cuanto a la segunda cuestión: la posición mayoritaria sencillamente decide, como el auto de procesamiento, no dar credibilidad a las afirmaciones de siete periodistas que declararon que conocían el contenido del correo electrónico en cuestión, al no revelar sus fuentes. Frente a ello, el voto particular muestra que fue precisamente el presunto delincuente, en un teatro del absurdo, quien puso en circulación las informaciones sobre las negociaciones (distorsionando los hechos) a través del jefe de gabinete de la presidenta de la Comunidad, y desgrana con todo detalle que carece de todo sentido pensar que hubiera una conjura entre los periodistas para inventarse que conocían los hechos antes que el Fiscal General, y que otros elementos manejados como indicios por el procesamiento y la mayoría —en particular, el borrado de las comunicaciones del Fiscal General— carecen de valor incriminatorio.
En definitiva, la mayoría piensa que con tal de que la imputación no sea absurda, cabe mandar a alguien al banquillo. El voto particular, con mucho mejor criterio, sostiene que es necesario que sea probable que se haya cometido delito.
Una instrucción y un procesamiento cogidos con alfileres. Con alfileres de cera que el voto particular derrite con sus razonamientos.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Añadir usuarioContinuar leyendo aquí
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
Flecha
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
¿Tienes una suscripción de empresa? Accede aquí para contratar más cuentas.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.
Rellena tu nombre y apellido para comentarcompletar datos
Más información
Archivado En
España en EL PAÍS