La sede de la Presidencia de la Comunidad de Madrid dejará de ser lugar de memoria democrática, al menos hasta que la Audiencia Nacional se pronuncie sobre el fondo del recurso que presentó el Gobierno de Isabel Díaz Ayuso contra el acuerdo que dictó pasado octubre el Gobierno de Pedro Sánchez. Los magistrados han atendido la petición de la Comunidad de Madrid y han acordado suspender de forma cautelar dicho acuerdo mientras estudian las alegaciones presentadas por los abogados del Ejecutivo central y del autonómico. Desde la Puerta del Sol han celebrado la decisión al considerar que frena el “sectarismo” de Sánchez.
Los magistrados atienden a la medida cautelar solicitada por el Ejecutivo autonómico de Isabel Díaz Ayuso
Los magistrados atienden a la petición del Gobierno autonómico de Isabel Díaz Ayuso


La Audiencia Nacional ha acordado suspender de forma cautelar el acuerdo que dictó el Gobierno de Pedro Sánchez el pasado octubre, a través de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática, para declarar Lugar de Memoria Democrática la sede de la Presidencia de la Comunidad de Madrid, ubicada en la Puerta del Sol, donde antiguamente estaba instalada la Dirección General de Seguridad.
Los magistrados han adoptado esta decisión al considerar que, aunque “no puede afirmarse de forma categórica que la imagen de la sede de la Presidencia de la CAM pueda sufrir un menoscabo irreversible”, sí puede decirse que “no es posible negar de forma categórica dicha incidencia negativa”. Desde esta perspectiva, y ante la posibilidad de que se genere “un efecto adverso en la imagen institucional de la CAM”, ven “pertinente” dar el visto bueno a la medida cautelar solicitada.
El tribunal recuerda que la declaración de Lugar de Memoria Democrática implica la colocación de placas, paneles o “distintivo memorial interpretativo”, así como “señalización” de dicho espacio en el que se pretende, además, integrar “este lugar de memoria en los circuitos internacionales”. Y sostiene que la suspensión cautelar no produce una perturbación grave de los intereses generales.
Además, los magistrados también recuerdan que este procedimiento está pendiente del conflicto positivo de competencias que se tramita en el Tribunal Constitucional, lo que también avala la suspensión que solicita la Comunidad Autónoma de Madrid. La decisión de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo se ha adoptado con el voto en contra de uno de sus magistrados.
[Noticia en elaboración. Habrá ampliación]
Rellena tu nombre y apellido para comentarcompletar datos
Archivado En
España en EL PAÍS
